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EFE
Miércoles, 13 de junio 2018
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El ayuntamiento de Torre Pacheco deberá devolver a la empresa Polaris World Real Estate los 150.000 euros que esta le entregó de acuerdo con el convenio urbanístico suscrito en noviembre de 2005, pero no así los 300.000 euros en que fue valorada la biblioteca pública que construyó para su cesión al municipio.
Así se recoge en una sentencia de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Región de Murcia que estima en parte el recurso que el consistorio presentó contra la dictada por un Juzgado de lo Contencioso de Cartagena (Murcia), que le condenó al pago de ambas sumas, junto con los intereses legales devengados desde la fecha de la reclamación administrativa.
Afirma la sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, que el Juzgado estimó el recurso de Polaris -que absorbió a la sociedad firmante del acuerdo, Mar Menor Capital- al considerar que el municipio, pasados doce años desde la suscripción del mismo, no había cumplido su compromiso de llevar a cabos las modificaciones precisas para hacerlo viable.
En concreto, el acuerdo indicaba que procedería a la reclasificación de terrenos de tres fincas rústicas, formando parte dos de ellas de la finca de La Torre.
Afirmaba la resolución que aunque el acuerdo no fijaba un plazo para aprobar esa modificación urbanística en las normas subsidiarias de planeamiento, doce años era tiempo más que suficiente para apreciar el incumplimiento del pacto por parte del consistorio.
Ahora, la Sala, con ponencia de la magistrada Consuelo Uris, afirma que la culpa de lo ocurrido no puede serle atribuida en exclusiva al ayuntamiento, ya que la sociedad firmante del convenio no era ajena a las deficiencias del proyecto de modificación, que se fueron subsanando, a requerimiento de la administración regional, entre los años 2005 y 2010.
Y añade que la actuación contemplaba un número máximo de 1.460 viviendas, para una futura población que se estimaba en 5.139 personas, mientras que la Confederación Hidrográfica del Segura (CHS) informó en el sentido de que no existían recursos hídricos suficientes para satisfacer las nuevas demandas.
Así mismo, inicialmente se preveía una edificabilidad excesiva, no coherente con el modelo territorial, como fue puesto de relieve por la dirección general de Ordenación del Territorio y Costas.
Según todas esas consideraciones, la Sala señala que el consistorio deberá devolver los 150.000 euros que recibió de la promotora, pero no así los 300.000 euros que costó la biblioteca entregada al municipio, «pues nada pactaron las partes sobre este extremo».
Para concluir que lo contrario «supondría un perjuicio para el interés general y un enriquecimiento injusto para la sociedad redactora del proyecto que no llegó a tener aprobación»
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